Suplantación de identidad: qué delito es, cómo denunciarla y cómo defenderse

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Hasta octubre de 2022, abrir un perfil falso con la foto de otra persona era difícil de encajar en el Código Penal. La usurpación del estado civil, el delito clásico de la suplantación de identidad, exige mucho más que usar una imagen o un nombre, y muchas de estas conductas quedaban fuera. Como abogados penalistas en Albacete, hoy podemos dar a esas víctimas una respuesta distinta.

Ahora el panorama es otro. La reforma de 2022 creó un delito específico para los perfiles falsos que causan acoso o humillación, y el resto de supuestos se reparte entre la usurpación, la estafa y los delitos informáticos.

Saber en cuál encaja cada caso decide si una denuncia prospera o se archiva.

¿Qué delito es la suplantación de identidad?

En el Código Penal español no existe un delito llamado «suplantación de identidad». Hacerse pasar por otra persona puede ser delito, pero cuál depende de qué se haga con esa identidad.

Los supuestos más habituales son tres:

  • Usurpación del estado civil (artículo 401): asumir la identidad completa de otra persona de forma continuada.
  • Uso de la imagen ajena para perfiles o anuncios falsos (artículo 172 ter.5): cuando con ello se acosa, hostiga o humilla a la víctima.
  • Delitos instrumentales: la suplantación es el medio para otro fin, como estafar, entrar en cuentas ajenas o falsificar documentos.

Si no encaja en ninguno, la conducta puede tener respuesta por otras vías, como la civil o la de protección de datos, pero no penal.

La pregunta correcta no es si suplantar es delito, sino para qué se ha suplantado.

Mujer con el ceño fruncido descubre en la pantalla un perfil falso con su imagen

Usurpación del estado civil: por qué usar el nombre de otro no siempre basta

El artículo 401 del Código Penal castiga con prisión de seis meses a tres años a quien usurpe el estado civil de otro. Es el tipo que más se asocia a la suplantación, y también el que más denuncias deja fuera.

La razón está en cómo lo interpreta el Tribunal Supremo. No basta con usar el nombre, los apellidos o el DNI de otra persona para un acto concreto. Se exige que el autor se haga pasar por ella de forma persistente y en todas las facetas de su identidad, ejerciendo los derechos que le corresponden como si fuera el titular.

Un ejemplo de los tribunales lo ilustra bien: utilizar el nombre y el DNI de otra persona para una única compra no se consideró usurpación del estado civil, por faltar esa permanencia.

Eso no significa que el hecho quede impune. Si la compra se hizo engañando al vendedor o cargándola a otra persona, puede ser una estafa.

Perfiles falsos en redes sociales: el delito que llegó en 2022

La Ley Orgánica 10/2022 añadió un apartado 5 al artículo 172 ter, el artículo del acoso. Castiga a quien, sin consentimiento de su titular, utilice la imagen de una persona para realizar anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales, cuando con ello le cause una situación de acoso, hostigamiento o humillación.

La pena es de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses. Si la víctima es menor de edad o persona con discapacidad, se aplica la mitad superior.

Dos detalles marcan la práctica:

  • Hace falta el resultado. Un perfil falso que no genera acoso, hostigamiento ni humillación no encaja en este apartado.
  • Solo se persigue con denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Si la víctima no denuncia, no hay proceso.

Al estar dentro del artículo del acoso, estos casos comparten lógica con el delito de stalking en Albacete: lo que se valora es el efecto sobre la vida de la víctima.

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Cuando la suplantación sirve para estafar o entrar en cuentas ajenas

Con frecuencia, la suplantación no es el fin, sino la herramienta. Alguien se hace pasar por otra persona para obtener dinero, datos o acceso a algo que no le pertenece.

Según lo que haga el autor, entran en juego otros delitos:

  • Estafa y fraude informático: contratar préstamos, líneas telefónicas o compras a nombre de otro, o usar sus datos de pago.
  • Acceso ilícito a sistemas de información: entrar en el correo, la banca online o las redes sociales de otra persona sin autorización.
  • Descubrimiento y revelación de secretos: apoderarse de mensajes o datos personales ajenos.
  • Falsedad documental: crear o alterar documentos con los datos de otra persona.

Estos delitos pueden concurrir entre sí. Un mismo hecho, como entrar en la cuenta de otra persona y usarla para pedir dinero a sus contactos, puede dar lugar a varias acusaciones.

Conducta Delito Pena Cómo se persigue
Asumir la identidad completa de otro de forma continuada Usurpación del estado civil (art. 401) Prisión de 6 meses a 3 años De oficio
Perfil o anuncio falso con la imagen de otro que le causa acoso o humillación Art. 172 ter.5 Prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 12 meses Solo con denuncia de la víctima
Usar la identidad ajena para obtener dinero, entrar en cuentas o falsificar documentos Estafa, fraude informático, acceso ilícito, revelación de secretos o falsedad Depende del delito y de las circunstancias Depende del delito

Todos ellos están en el Código Penal, y la calificación concreta depende de los hechos y de lo que pueda probarse.

Cómo denunciar una suplantación de identidad y personarse como víctima

La denuncia puede presentarse en la Policía Nacional, la Guardia Civil, el juzgado de guardia o la Fiscalía. Antes de hacerlo, conviene asegurar las pruebas, porque los perfiles falsos se borran y los mensajes desaparecen.

Lo mínimo que hay que conservar:

  • Capturas de pantalla del perfil, los anuncios o los mensajes, con la fecha y la dirección web visibles.
  • Los enlaces exactos (URL) del perfil o de las publicaciones.
  • Los mensajes de terceros que avisan de la suplantación o que han recibido peticiones en tu nombre.
  • Contratos, cargos o notificaciones de deudas que no reconoces.
  • Cualquier dato que apunte a quién está detrás: relación previa, conflicto, amenazas.

Las capturas pueden reforzarse con un acta notarial o una certificación de un tercero, que da fe de que el contenido existía en una fecha concreta.

Presentar la denuncia no te convierte en parte del proceso. Para eso hay que personarse como acusación particular, con abogado y procurador. Como acusación, la víctima puede proponer diligencias, como pedir a la plataforma los datos de quien creó el perfil, acusar y reclamar una indemnización.

Si el perfil o los mensajes atacan tu reputación, la vía penal puede combinarse con la protección del derecho al honor en Albacete.

Cuanto mejor documentada esté la denuncia, más fácil es que se investigue.

Mujer preocupada con una tarjeta bancaria mientras un hombre llama por teléfono para comprobar un cargo no reconocido

Qué hacer si te investigan por suplantar una identidad

Si recibes una citación como investigado, tienes derecho a abogado y a no declarar. Usarlo bien en la primera citación evita contradicciones que luego son difíciles de corregir.

En estos procedimientos, la defensa suele girar en torno a tres cuestiones:

  • El consentimiento. El artículo 172 ter.5 exige que el uso de la imagen sea sin consentimiento. Si existió, el delito no se da.
  • El encaje en el delito. Un uso puntual del nombre de otro no es usurpación del estado civil, y un perfil falso que no causa acoso ni humillación no encaja en el 172 ter.5.
  • La autoría. Hay que probar quién creó el perfil o hizo el acceso, no solo desde dónde se hizo.

Este último punto es el que más revisamos en Estudio Jurídico Torrente. Una dirección IP identifica una conexión, no a la persona que estaba delante del dispositivo, y en hogares, oficinas o redes compartidas esa diferencia puede ser decisiva.

Si la investigación empieza con una detención, la asistencia desde comisaría es la misma que presta un abogado de guardia en cualquier otro delito.

En los delitos tecnológicos, la prueba de autoría es donde se ganan o se pierden los casos.

Defensa en delitos de suplantación de identidad

Como víctima o como investigado, el primer paso marca el resultado.

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Una suplantación de identidad puede ser un delito grave, uno leve o ninguno, y esa diferencia se decide en cómo se plantea el caso desde el principio. Si eres víctima o te han citado como investigado, consulta con Estudio Jurídico Torrente antes de dar el siguiente paso.

Preguntas frecuentes sobre la suplantación de identidad

¿Es delito usar la foto de otra persona en un perfil de redes sociales?

Es delito cuando se hace sin consentimiento de su titular para abrir un perfil falso o publicar anuncios y, además, le causa una situación de acoso, hostigamiento o humillación. Si no hay ese resultado, no encaja en el artículo 172 ter.5 del Código Penal, aunque puede vulnerar el derecho a la propia imagen y reclamarse por la vía civil.

¿Dónde puedo denunciar una suplantación de identidad en Albacete?

En cualquier comisaría de la Policía Nacional, en un puesto de la Guardia Civil o en el juzgado de guardia, que en Albacete corresponde a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia. También puede presentarse ante la Fiscalía. Conviene llevar las pruebas impresas y los enlaces exactos.

¿Qué hago si han contratado un préstamo o una línea de teléfono a mi nombre?

Denuncia los hechos cuanto antes y comunícalo por escrito a la entidad, pidiendo copia del contrato y de la documentación que se usó. La denuncia deja constancia de que no reconoces la deuda. Penalmente, estos casos suelen tratarse como estafa o fraude, más que como usurpación del estado civil.


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