Liquidación de la sociedad de gananciales: cómo se hace con o sin acuerdo

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Antes de 2015, divorciarse y repartir los bienes del matrimonio exigía pasar por el juzgado. Desde la reforma de ese año, un matrimonio sin hijos menores puede divorciarse ante notario y hacer la liquidación de la sociedad de gananciales en la misma escritura. Como abogados en Albacete, es la primera opción que valoramos cuando la pareja está de acuerdo.

Pero la vía rápida solo funciona si hay acuerdo. Cuando no lo hay, o cuando se firma el divorcio y los bienes se dejan «para más adelante», la liquidación de la sociedad de gananciales se complica: casas a nombre de los dos, cuentas sin repartir, hipotecas que siguen corriendo.

Liquidar bien los gananciales es cerrar de verdad el matrimonio.

Disolver no es liquidar: cuándo se termina la sociedad de gananciales

La sociedad de gananciales se disuelve, entre otros casos, por el divorcio, la separación, la nulidad del matrimonio, el fallecimiento de uno de los cónyuges o el acuerdo de cambiar de régimen en capitulaciones matrimoniales. Desde ese momento, lo que cada uno gana deja de ser común.

Pero disolver la sociedad no significa haberla repartido. El Tribunal Supremo distingue con claridad ambos actos (STS de 13 de septiembre de 2017): la disolución pone fin al régimen; la liquidación es la operación posterior que determina qué hay, qué se debe y qué corresponde a cada uno. Y la liquidación puede dejarse para más tarde.

Liquidación de gananciales de mutuo acuerdo

Mientras no se liquida, los bienes siguen siendo de los dos en una comunidad sin repartir. Ninguno puede vender por su cuenta y cualquier decisión importante exige ponerse de acuerdo.

El divorcio cierra el matrimonio; la liquidación cierra el patrimonio.

Las fases de la liquidación, paso a paso

Sea de mutuo acuerdo o en el juzgado, la liquidación sigue siempre la misma lógica:

Fase Qué se hace
1. Inventario Se relacionan todos los bienes gananciales (activo) y todas las deudas de la sociedad (pasivo).
2. Valoración Se asigna un valor a cada bien: vivienda, vehículos, cuentas, negocios, participaciones.
3. Reintegros y reembolsos Se compensa el dinero privativo que uno puso en lo común, o el dinero común que se usó para lo privativo de uno.
4. Pago de deudas Se atienden las deudas de la sociedad antes de repartir.
5. División y adjudicación Lo que queda se divide por mitad y se adjudica a cada cónyuge en lotes equivalentes.

La fase que más discusiones genera es la primera. Qué es ganancial y qué es privativo, es decir, propio de cada cónyuge, no siempre es evidente: un piso comprado antes de casarse y pagado después, una herencia ingresada en la cuenta común o un negocio que creció durante el matrimonio.

Un inventario incompleto o mal clasificado arrastra el error a todo el reparto.

Liquidación de gananciales de mutuo acuerdo

Si los dos están de acuerdo, hay varias formas de hacerla:

  • En el convenio regulador del divorcio. El convenio puede incluir la liquidación, aunque no es obligatorio. Si se incluye y se aprueba, judicialmente o ante notario, permite inscribir directamente las adjudicaciones de inmuebles en el Registro de la Propiedad.
  • En una escritura notarial independiente. Útil cuando el divorcio ya está firmado y la liquidación de sociedad de gananciales quedó pendiente.
  • En un documento privado. Es válido entre los cónyuges, pero para inscribir un inmueble a nombre de uno de ellos hace falta elevarlo a escritura pública.

Si no hay hijos menores, todo puede hacerse ante notario en un divorcio notarial en Albacete. Con hijos menores, el divorcio debe ser judicial, y la liquidación puede ir en el convenio que acompaña a la demanda de divorcio de mutuo acuerdo.

Que haya acuerdo no significa que cualquier reparto sea buena idea. Conviene revisar las valoraciones, los reembolsos y, sobre todo, qué pasa con las deudas antes de firmar.

¿Tenéis pendiente repartir los gananciales?

Revisamos el inventario y la propuesta de reparto antes de que firméis nada.

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Liquidación de gananciales sin acuerdo: el procedimiento judicial

Cuando no hay acuerdo, la Ley de Enjuiciamiento Civil regula un procedimiento específico en dos etapas. La intervención de abogado y procurador es necesaria.

Primera etapa: el inventario. Puede pedirse desde que se admite la demanda de divorcio, separación o nulidad. El Letrado de la Administración de Justicia cita a los cónyuges en un plazo máximo de diez días para formarlo. Si uno no comparece sin causa justificada, se le tiene por conforme con la propuesta del otro. Si hay acuerdo, se recoge en acta. Si hay desacuerdo sobre qué bienes incluir o cuánto valen, se celebra una vista y el juez resuelve por sentencia.

Segunda etapa: la liquidación. Con el inventario hecho y la disolución firme, cualquiera de los cónyuges puede pedir la liquidación con una propuesta de reparto. Se cita a una nueva comparecencia, también en un máximo de diez días. Si no hay acuerdo, se nombra un contador y, si hace falta, peritos que preparan las operaciones divisorias.

Lo conoce el mismo juzgado que tramitó el divorcio, que en Albacete es la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia.

Un detalle práctico: no acudir a la comparecencia sin causa justificada equivale a aceptar lo que proponga el otro.

Deudas, hipoteca y vivienda: lo que más conflictos genera

El reparto de deudas entre los cónyuges vale entre ellos, pero no frente al banco. Si los dos firmaron un préstamo, el banco puede seguir reclamándolo a ambos aunque en la liquidación se adjudique a uno solo. Así lo establece el Código Civil: los contratos solo obligan a quienes los firman. Cambiar eso exige negociar con la entidad la salida de uno de los titulares.

La vivienda familiar suele ser el punto más delicado, porque mezcla tres cuestiones distintas: quién la usa, de quién es y quién paga la hipoteca. Si al final la casa queda a nombre de los dos en proindiviso, la salida pasa por la división de bienes en copropiedad.

Inventario y valoración de los bienes gananciales

En Estudio Jurídico Torrente – Abogados y Criminólogos revisamos la escritura del préstamo antes de cerrar cualquier reparto. Adjudicarse la vivienda sin haber resuelto la deuda puede dejar a uno con la casa y al otro pagando una hipoteca de algo que ya no es suyo.

Repartir la deuda en el papel no la reparte en el banco.

Errores frecuentes al liquidar los gananciales

  • Divorciarse y no liquidar. Los bienes quedan en común durante años y cualquier venta, herencia o embargo se complica.
  • Olvidar bienes o deudas. Planes de pensiones, participaciones en sociedades o deudas con familiares que aparecen después.
  • Confundir lo privativo con lo ganancial. Y no reclamar los reembolsos que corresponden.
  • Aceptar valoraciones sin contrastar. Un inmueble infravalorado desequilibra todo el reparto.
  • Firmar sin pensar en el banco. Como se ha visto, el acuerdo entre cónyuges no libera frente a terceros.

Liquidación de gananciales, con o sin acuerdo

Preparamos el inventario, negociamos el reparto y, si hace falta, lo defendemos en el juzgado.

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Una liquidación de sociedad de gananciales bien hecha evita problemas durante años. Si tenéis los gananciales sin repartir, o no os ponéis de acuerdo, consulta con Estudio Jurídico Torrente.

Preguntas frecuentes sobre la liquidación de la sociedad de gananciales

¿Se pueden liquidar los gananciales sin divorciarse?

Sí. Los cónyuges pueden pactar en capitulaciones matrimoniales cambiar al régimen de separación de bienes y liquidar la sociedad de gananciales, sin necesidad de separarse ni divorciarse. Se hace en escritura pública ante notario.

¿Qué juzgado tramita la liquidación si el divorcio fue en Albacete?

El mismo juzgado que tramitó el divorcio. En Albacete corresponde a la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia. Si la liquidación es de mutuo acuerdo, también puede hacerse ante notario sin intervención judicial.

¿Qué pasa si uno de los cónyuges no acude a la comparecencia?

Si no comparece sin causa justificada, se le tiene por conforme con la propuesta del otro cónyuge, tanto en la formación del inventario como en la liquidación. Por eso nunca conviene ignorar la citación del juzgado.


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